Relaciones con el Público
Función
Los AN deberán designar una persona responsable de relaciones con el público, cuya función será la de atender al público en general al sólo fin de responder sus preguntas, dudas o reclamos recibidos por el AN, e informar de ellas a su órgano de administración a fin de que tales cuestiones sean consideradas por él en orden a la fijación de las políticas a seguir.
La persona a cargo de esta función deberá:
A) Informar mensualmente al órgano de administración y a la persona que revista la función de cumplimiento regulatorio, las cuestiones relevantes recibidas.
B) Remitir a la Comisión por medio de la AIF, un detalle de los reclamos y/o denuncias recibidos con indicación del estado en cada caso, y de las acciones adoptadas, dentro de los CINCO (5) días hábiles de recibidos. Asimismo, deberá mantener informada a la Comisión las novedades ocurridas en cada caso en forma semanal por medio de la AIF.